CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR TEMPORADA
En ____________ a _____________ de 2007
REUNIDOS
Por una parte, D.____________, mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en ______________________________y Pasaporte o Documento Nacional de Identidad (DNI) numero _______________(De ahora en adelante denominado “El Propietario”.)
De otra parte,
D. ____________________________ , mayor de edad, con domicilio a efectos de notificaciones en __________________________y Pasaporte o Documento Nacional de Identidad (DNI) numero __________________________________________(De ahora en adelante denominado “La Parte Arrendataria”.)
Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para este acto y libremente,
EXPONEN
I Que el Propietario es titular de la siguiente finca en perfecto estado de uso:
VIVIENDA : Dirección:____________________________________________________ en las condiciones y con los muebles y servicios cuya descripción y fotografías se exponen en la pagina web www.ruraltenerife.net, con referencia ______ . La Vivienda se encuentra limpia, en perfecto estado de uso, conservación y habitabilidad y los suministros y servicios que posee la misma se encuentran en funcionamiento.
II Ambas partes han acordado concertar el arrendamiento por temporada de la finca antes descrita, por lo que establecen el presente contrato, que se regirá por lo dispuesto en los siguientes,
CLAUSULAS
PRIMERO.- OBJETO
El Propietario cede en arrendamiento de temporada con la duración que se indicará a la Parte Arrendataria, que acepta, la finca descrita y los muebles descritos en el Expositivo I.
El presente arrendamiento constituye un Arrendamiento de Temporada por motivo vacacional, previsto en el artículo 3º.2 de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, y bajo ningún concepto y situación que se produzca, el arrendamiento del objeto de este contrato podrá usarse de forma habitual.
SEGUNDA.- RENTA Y FIANZA
2.1 La renta de la temporada neta es de ___________Euros, que se abonará del siguiente modo:
• El 20% del precio anterior, ha abonado en el momento de la reserva de la finca en concepto de señal.
• El 80% restante se pagará el primer dia de estancia en efectivo.
2.2 Con anterioridad a la entrada en finca, la parte Arrendataria entregará la fianza de ______________ Euros, según lo estipulado en el artículo 36 de la LAU. La fianza se devolverá a la finalización del Contrato, una vez revisada la vivienda.
TERCERA.- RESERVA Y CANCELACIONES
3.1 Cancelacion de la Reserva por el Propietario:
Por situaciones de causa mayor podría ser necesario cancelar una reserva. En estos casos, el importe de la reserva será devuelto en su totalidad, y haremos todo lo posible por reubicarles en otro alojamiento.
3.2 Cancelacion de la Reserva por el Arrendatario:
En caso de cancelación de la reserva por parte del arrendatario, se aplicará la siguiente retención de fianza:
a) El cincuenta por ciento cuando se realice con una antelación entre 5 y 4 semanas de antelación
b) El cien por cien cuando la anulación se efectúe con menos de cuatro semanas de antelación. En el caso de grupos, si la anulación se efectúa dentro de los veintiún días anteriores a la llegada de aquéllos, la cantidad recibida en concepto de fianza quedará a disposición del establecimiento.
Cesará la obligación de mantener la reserva, con pérdida de fianza, cuando el alojamiento no fuere ocupado antes de las doce horas del día siguiente al fijado para ello, salvo que, dentro de dicho plazo, el cliente confirme su llegada y ésta se haya de producir antes de que el importe del alojamiento por los días a transcurrir exceda de la cuantía de la fianza.
En caso de eventos excepcionales (terremotos, huelga, guerra, tormenta), si el huésped no pudiera disfrutar de su habitación, se le reembolsara la reserva efectuada hasta un máximo del 75%.
CUARTA.- DURACION Y OCUPACION
4.1 Este contrato se otorga por la temporada de días, desde el día de __________, a las 12.00 AM y quedará automáticamente resuelto sin necesidad de aviso alguno, el día de __________ , a las 10.00 pm debiendo La Parte Arrendataria entregar las llaves con anterioridad.
La Parte Arrendataria deberá abandonar la finca en el estado en que la encontró, dejándola libre de efectos y enseres y permaneciendo en perfecto estado los servicios de que dispone y los muebles y enseres citados en el Expositivo I, sin quepa prorroga del mismo salvo acuerdo escrito entre las partes.
QUINTO.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES
5.1La Ocupacion de la vivienda objeto de este contrato, durante la vigencia de este será de _____ Personas Adultas, _____ Niños y _____ Bebes.
NO SE ADMITIRAN ESTANCIAS NI USOS DE LAS INSTALACIONES DE LA PROPIEDAD (INCLUIDO PARQUING) A MAS PERSONAS DE LAS ESTIPULADAS ESTA CLAUSULA. El incumpliemiento de esta norma, dará derecho al propietario y a la Empresa a tomar las medidas que estimen oportunas.
5.2 Aceptacion de la Reserva:La petición o recibo de informacion sobre el estado de Disponibilidad de cualquiera de la Vivienda, no implica la aceptacion de la Reserva. Esta Aceptación, estara marcada por el envio al huesped de los datos necesarios para efectuar su Ingreso de Reserva momento en el cual la Vivienda quedara en estado de Prereserva durante los siguientes dos laborales . Una vez recibido el Depósito, la Reserva quedará formalizada definitivamente.
La Vivienda permanecera un maximo de dos dias laborales en situacion de Prereserva. Pasado este plazo, en el caso de no haber recibido el pago de la Reserva, el propietario se reserva el derecho de proponer el alojamiento a otros huéspedes potenciales.
5.3 La Parte Arrendataria se obliga a conservar la Vivienda en perfecto estado durante el plazo de duración libremente pactado entre ambas partes.
5.4 La parte arrendataria no podrá realizar en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas, ilícitas o contrarias a los Estatutos de la Comunidad. Tampoco podrá almacenar materias inflamables, explosivas o corrosivas en la vivienda y/o desarrollar en la misma actividades mercantiles o de industria.
5.5 La Parte Arrendataria será directa y exclusivamente responsable y exime de toda responsabilidad a la propiedad por: i)Los daños que puedan ocasionarse a personas o cosas y sean derivados de instalaciones para servicios y suministros de la casa de temporada arrendada. ii)Los daños, deterioros o pérdidas que se produzcan en la misma, ya sean causados por la parte arrendataria o por las personas que convivan en la vivienda.
5.6 La Parte Arrendataria no podrá hacer obras, ni introducir modificación alguna sin permiso escrito de la Arrendadora. En ningún caso podrá hacer taladros o agujeros en las paredes. Los animales solo se aceptarán si existiera acuerdo previo, entre las partes. No se permite sacar de las casas utensilios, ropa de cama, mantas etc.
5.7 El Propietario mantendrá los suministros de agua y luz, gas etc., al corriente de pago y en pleno funcionamiento
SEXTO.-RENUNCIAS
La Parte Arrendataria renuncia a los derechos contenidos en los artículos 31 a 33 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, y por tanto a los derechos de Arrendamiento, subrogación, cesión, o traspaso, ya sean de forma total o parcial, tanteo, retracto y derecho de impugnación de la transmisión.
SEPTIMA.- CLAUSULA PENAL
El incumplimiento de la obligación de abandonar la Vivienda en el plazo pactado obligará a la Parte Arrendadora a satisfacer en concepto de cláusula penal, la suma correspondiente al triple de la renta diaria, exigibles por semanas vencidas hasta la libre disponibilidad de la vivienda por el arrendador, sin prejuicio de las costas, gastos y demás indemnizaciones que fueran a su cargo incluso minutas de abogados y procurador, aunque no fuera preceptiva su intervención.
NOVENA. RECLAMACIONES:
Si el Arrendatario deseara hacer cualquier tipo de reclamación, deberá manifestarlo durante los seis primeros días de la fecha de llegada, y trataremos de solucionar el problema. Una vez que la propiedad haya sido desocupada, no se atenderán quejas ni se abonaran compensaciones.
Aunque la Vivienda objeto de este contrato ha sido preparada y equipada con todo lo necesario para que su inquilino disfrute de unos inolvidables días de descanso, el cliente de todo Alojamiento en zona rural, acepta que por la especial filosofía de funcionamiento de estas y lo condicionado de las zonas en las que a veces se encuentran, la atención al inquilino ante casos de circunstancias imprevistas (problemas climatológicos, cortes de luz, etc..).pudiera no ser inmediata. Es por esto que se infoma al huesped que este tipo de casas a diferencia de un Hotel, no dispone de servicio de atencion durante las 24 H aunque siempre, se tratará siempre de dar respuesta lo más rápido posible ante cualquier circunstancia imprevista.
DECIMA.- FUERO Y LEGISLACION APLICABLE.
Las partes integrantes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales y juzgados del lugar donde está sita la Vivienda, con renuncia expresa a su fuero propio. Son aplicables las leyes de España y en concreto la vigente Ley de Arrendamientos Urbanos.
Ambas partes se ratifican en el presente contrato y firman por duplicado, a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
El Propietario Firma La parte arrendataria Firma |